El Congreso de la Unión es el órgano de la pluralidad democrática, en él convergen las principales corrientes políticas e ideológicas del país. Ambas Cámaras tienen como propósito el análisis, discusión y aprobación de las normas que constituyen el sistema jurídico.
Así pues, en el artículo 71 y 72 Constitucional se precisa que el derecho de iniciar leyes y decretos compete a:
- El Presidente de la República
- Los diputados y senadores (Congreso de la Unión)
- Las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México
- A los ciudadanos en un número equivalente al 0.13% de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes.
A continuación, se aborda el proceso legislativo:
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