La Constitución mexicana establece, entre otras cosas: las garantías individuales, derechos sociales, nombre del país, la forma en la que se organiza el Estado, a través de la división de poderes, las funciones que deben cumplir y la forma en que éstos van a estructurarse.
En este sentido, la división de poderes en México se establece en el artículo 49 Constitucional y asienta la tesis de que el poder es sólo uno y lo que se divide, es su ejercicio. Este ejercicio del poder se encuentra repartido en 3 órganos o poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. Entre éstosexiste una colaboración, lo cual implica que un órgano puede realizar funciones que formalmente corresponderían a otro poder, siempre y cuando la propia constitución así lo disponga.
A continuación, se aborda de manera general la estructura existente en el país y algunas de las funciones que cumplen:
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